
Inclusión Laboral
En el Perú, las empresas privadas que cuentan con más de 50 trabajadores deben cumplir con una cuota de empleo de personas con discapacidad no menor al 3% del total de su planilla, mientras que en las instituciones públicas la cuota de empleo es del 5%. Su incumplimiento es sancionado con multas de hasta 15 UIT.
La Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que los empleadores públicos y privados generadores de rentas de tercera categoría que emplean a personas con discapacidad tienen una deducción adicional en el pago del impuesto a la renta sobre las remuneraciones que se paguen a estas personas, en un porcentaje que es fijado por decreto supremo emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Nuestra metodología única en Perú, le permitirá cumplir con la cuota de empleo de la manera más rápida, económica y sencilla evitando costosas multas.
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